Un tribunal de São Paulo dictó sentencia contra una pareja del interior del estado por considerar que incurrieron en negligencia al mantener a sus dos hijas, de 11 y 15 años, bajo un sistema de educación en el hogar. La decisión ha generado gran repercusión a nivel nacional.
El juez Júnior da Luz Miranda impuso una pena de 50 días de detención en régimen semiabierto, aunque la misma quedó suspendida por dos años. La suspensión está condicionada a que las adolescentes realicen servicio comunitario y se matriculen en un centro educativo regular.
La abogada Isabelle Monteiro, defensora de la familia, apeló la decisión y cuestionó los argumentos del magistrado. Según ella, el juez señaló en la sentencia que las jóvenes no apreciaban estilos musicales como el funk y el sertanejo (música popular de Brasil), lo que interpretó como posible “discriminación y prejuicio en la educación” recibida en casa.
La abogada también informó que el juez criticó la ausencia de contenidos sobre sexualidad, género, derechos de niños y adolescentes, religiones, cultura afrobrasileña y cine nacional en el plan educativo de las niñas.
Otro aspecto cuestionado fueron las clases de arte. El magistrado consideró que el enfoque en música y pintura religiosa no era suficiente, ya que no incluía otras expresiones como danza y teatro.
Los padres explicaron que sus hijas estudian portugués, matemáticas, historia, geografía, ciencias, educación física, inglés, latín y piano. Además, participan en el coro de la parroquia, investigación y salidas culturales. La madre, quien estudió matemáticas y pedagogía, afirmó que las niñas leen alrededor de 30 libros al año.
Una de las hijas recibió un reconocimiento en un curso de inglés de Kumon al completarlo ocho años antes del tiempo previsto. La familia también cuenta con apoyo de otros profesores, incluida una docente de Portugal.
Tras la sentencia, el juez Júnior da Luz Miranda fue denunciado ante el Consejo Nacional de Justicia (CNJ). La defensa alega que violó normas al comentar públicamente el caso en redes sociales y al enviar mensajes privados al abogado de la familia. En una publicación en Instagram, el juez escribió “Hay controversias” con un emoji. La denuncia afirma que esto viola la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código de Ética y la Resolución N° 305/2019 del CNJ.
El abogado Gabriel Carvalho también denunció que el magistrado envió mensajes privados con “bromas relacionadas con la condena penal” y referencias al futuro de la apelación.
Este caso ha reavivado el debate sobre la regulación de la educación en el hogar en Brasil. En 2018, el Supremo Tribunal Federal determinó que esta práctica no es incompatible con la Constitución, pero requiere regulación por ley federal. Actualmente se analiza el PL 1.338/2022 en el Senado.
Este caso nos recuerda la importancia de la responsabilidad parental en la educación de los hijos. Los padres tienen el deber de formar a sus hijos conforme a valores fundados en principios bíblicos. Que este caso nos motive a orar por las familias que educan en casa y por una legislación que respete la libertad de conciencia.

