Aunque la UE no tiene competencia para exigir que cada país legalice el matrimonio entre personas del mismo sexo, sí está facultada para exigir que cualquier unión legalmente constituida en un Estado miembro sea reconocida en el resto. Afirmo un Tribunal de esta manera, naciones como Rumanía, Bulgaria o Letonia deberán aceptar el estado civil que los ciudadanos hayan adquirido en otro país del bloque.
El TJUE afirmó que “denegar el reconocimiento del matrimonio contraído legalmente por dos ciudadanos de la Unión en otro Estado miembro… es contrario al Derecho de la Unión”, pues limita la libertad de circulación y residencia, y vulnera el derecho al respeto de la vida privada y familiar.
Sin impacto en la identidad nacional
La corte también aclaró que esta obligación de reconocimiento no implica modificar las leyes internas de cada país ni supone una amenaza a la identidad nacional o al orden público. Lo que se exige es que los matrimonios celebrados legalmente en un Estado de la Unión sean respetados administrativamente en todos los demás.
Según el fallo, no reconocer estos matrimonios puede causar “graves inconvenientes administrativos, profesionales y privados”, llevando incluso a que las parejas tengan que vivir como solteros en su país de origen.
Con esta decisión, la Unión Europea busca garantizar que el estado civil de sus ciudadanos sea respetado de manera uniforme en todo el territorio comunitario, reforzando la igualdad de derechos dentro del bloque.

