Juez no prohibirá redadas de inmigración en iglesias y se pone del lado de Trump

Un juez federal permitirá a la administración Trump realizar redadas de control de inmigración en iglesias, fallando en contra de grupos religiosos que argumentan que esto entra en conflicto con su libertad religiosa. 

El juez Dabney Friedrich del Tribunal de Distrito de Estados Unidos en Washington rechazó una solicitud de orden judicial preliminar presentada por más de dos docenas de organizaciones cristianas y judías, afirmando que solo una pequeña cantidad de acciones de inmigración ocurrieron realmente en o alrededor de sitios religiosos desde que el presidente Donald Trump asumió el cargo en enero. 

«Desde que la rescisión de la política entró en vigor hace más de 10 semanas, solo se ha llevado a cabo una acción de cumplimiento en las cientos de congregaciones miembros de los demandantes», escribió Friedrich, designado para el tribunal federal por el presidente Trump durante su mandato inicial.

Los demandantes solo pueden señalar tres casos desde el 20 de enero de 2025 en los que se haya llevado a cabo alguna acción de control migratorio en o cerca de algún lugar de culto en cualquier parte del país, incluso bajo las prioridades migratorias más estrictas de la administración actual y el aumento de las medidas.

Los grupos religiosos argumentaron que la política viola sus derechos de la Primera Enmienda y desalienta la asistencia a servicios religiosos.

El juez Friedrich no encontró pruebas suficientes que vincularan la caída de la asistencia directamente con las medidas de cumplimiento de la ley en los lugares de culto, y afirmó que los feligreses parecían más preocupados por encontrarse con funcionarios de inmigración en sus vecindarios en general que en los lugares religiosos específicamente.

Según el juez, revertir la política específica de la iglesia por sí sola no necesariamente impulsaría a los inmigrantes a regresar a los servicios religiosos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio